Política de Apoyo a la Maternidad

En TECIN MINERÍA, estamos comprometidos en la protección de la familia de nuestros  empleados, brindando apoyo a la maternidad y promoviendo la corresponsabilidad del padre.

  • • Las mujeres embarazadas no podrán realizar tareas que sean potencialmente  peligrosas para su salud o la del niño por nacer.
  • • Garantizamos a todas nuestras colaboradoras una licencia por maternidad, con goce  de haberes en los términos que establece la ley.
  • • Los padres gozarán de una licencia de 5 (cinco) días para ayudar en los primeros días  de la crianza del nuevo hijo.
  • • Una vez transcurrida la licencia por maternidad, nuestras colaboradoras podrán, si es  que así lo desean y las características de su puesto lo permite, optar por realizar tareas  en forma remota desde su hogar, al menos 3 (tres) días a la semana.
  • • Todos los padres, en caso de fallecimiento de la madre antes de acabarse el período de  licencia postnatal, gozarán de a una licencia equivalente al tiempo que falte para que  expire el período de la licencia posterior al parto concedida a la madre.
  • • Los padres, en caso de enfermedad o de hospitalización de la madre después del parto  y antes de que expire el período de licencia posterior al parto y si ésta no puede  ocuparse del hijo, tendrá una licencia para ocuparse del hijo de una duración  equivalente al tiempo que falte para que expire el período de licencia postnatal  concedida a su esposa, de conformidad con la legislación.
  • • En caso de adopción, las licencias de maternidad y paternidad serán las mismas.